XV. La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:

  • a). Área;
  • b). Denominación del programa;
  • c). Periodo de vigencia;
  • d). Diseño, objetivos y alcances;
  • e). Metas físicas;
  • f). Población beneficiada estimada;
  • g). Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal;
  • h). Requisitos y procedimientos de acceso;
  • i). Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana;
  • j). Mecanismos de exigibilidad;
  • k). Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones;
  • l). Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo;
  • m). Formas de participación social;
  • n). Articulación con otros programas sociales;
  • o). Vínculo a las reglas de operación o Documento equivalente;
  • p). Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas, y
  • q). Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, unidad territorial, en su caso, edad y sexo;

 

No aplica. El IEEBC no cuenta con programas de transferencia, servicios, infraestructura social y subsidios. Con funademnto en el artículo 5 apartado B de la constitución Política del estado Libre y Soberano de Baja California y Artículo 35 de la Ley Electoral del Estado de Baja California.

 

 

Periodo de actualización de la información:
Trimestral (la información de los programas que se desarrollarán a lo largo del ejercicio deberá publicarse durante el primer mes del año)